En los círculos políticos de Ucrania se está barajando la posibilidad de que el Comité Central Electoral podría encontrar fundamentos para negar el registro de Vitalij Klychko como candidato a Presidente en las elecciones del 2015. Esto sin embargo es negado por el exitoso deportista y político ya que afirma que “el sentido de la residencia no fue violado”.

 

Como es sabido, entre los requisitos para acceder a la candidatura presidencial la Constitución de Ucrania exige un residencia continuada durante los últimos 10 años antes de las elecciones.

El líder del partido “Udar” en primavera del año 2013, al participar del conocido “show” Hard Talk en el canal de la BBC, afirmó que está viviendo en Ucrania los últimos seis años. Y segundos después agregó que, vivió en Alemania casi 13 años. Y si tomamos en cuenta estas afirmaciones, Klychko estaría viviendo en Ucrania desde el año 2007 mientras que el requisito constitucional exigiría como mínimo que lo hubiera hecho desde el año 2005.

Klychko al protestar por esta posible proscripción hacia su persona que planearía el gobierno manifestó “Yo vivo en Ucrania desde la declaración de la independencia de nuestra nación. Mis viajes y estadías en el exterior estuvieron relacionadas con mis peleas boxísticas y por el entrenamiento previo. Y desde que incursioné en la política mis viajes estuvieron relacionados con encuentros con políticos extranjeros y con ciudadanos importantes.

Y Klychko además agregó que para ratificar sus afirmaciones,  que no violó el “sentido” de la residencia y que en tal sentido aportará al Comité Central Electoral, elementos de prueba pertinentes.

Citó además un precedente en la materia, cuando en el año 2002 el Comité Central Electoral le negó a Mykola Melnychenko su registración como candidato a diputado, ya que se había afirmado que al no haber residido en Ucrania los últimos 5 años, había violado la exigencia constitucional es ese sentido, el candidato a diputado presentó su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y dicho tribunal, después de dos años de deliberaciones y análisis de las pruebas, le dio la razón. Ya que consideró que su situación encuadraba en el artículo 3º del Protocolo Nº 1 de la Convención sobre la defensa de los derechos del hombre y del ciudadano, Convención que había sido ratificada por Ucrania en el año 1997.!

 

 


Dr. Jeremías Taurydzkyj
Secretario

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